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Nuevo programa del Gobierno para acceder a la primera vivienda en propiedad

El Gobierno de Andorra ha aprobado el nuevo Programa de acceso a la primera vivienda en propiedad para residencia habitual y permanente, una iniciativa que marca un antes y un después en las políticas públicas de vivienda del país.
El objetivo es claro: ayudar a los residentes a dejar atrás el alquiler y dar el paso hacia la propiedad, con condiciones económicas ventajosas y el apoyo directo del Gobierno.

Este Decreto (381/2025, publicado en el BOPA núm. 127 del 29 de octubre de 2025) sustituye el anterior programa de avales de 2023 y amplía los beneficios para todas aquellas personas que sueñan con tener su propio hogar.

?? Principales ventajas del programa

Aval del 100 % del préstamo por parte del Gobierno durante 7 años.

El Gobierno asume los intereses durante ese periodo: el comprador solo paga el capital.

Sin comisiones de estudio ni de cancelación anticipada.

Tipo de interés máximo después del 7.º año: Euríbor 12 meses + 0,50 %.

Precio máximo de la vivienda: 600.000 €.

Plazo del préstamo: entre 20 y 50 años (hasta los 80 años de edad).

Esto significa que una familia o persona que actualmente paga un alquiler de mercado podría destinar una cuota similar a comprar su propia vivienda.

?? Quién puede acogerse al programa

Pueden solicitar esta ayuda todas las personas residentes legales en Andorra con un mínimo de 7 años de residencia ininterrumpida, siempre que:

No tengan ninguna otra vivienda en propiedad (ni en Andorra ni en el extranjero).

No superen un patrimonio equivalente al 30 % del precio de compra.

Dispongan de ingresos anuales mínimos equivalentes al doble del salario mínimo interprofesional.

No tengan deudas con la Administración pública.

En el caso de parejas o familiares hasta segundo grado, basta con que una de las personas cumpla el requisito de residencia.

?? Cómo realizar la solicitud

Las solicitudes deberán tramitarse a través del Institut Nacional de l’Habitatge (INH), una vez el Gobierno publique la convocatoria anual.
Será necesario presentar la documentación que acredite la residencia, los ingresos y el patrimonio, así como una preaprobación bancaria de un préstamo hipotecario dentro de los límites establecidos.

?? Condiciones y limitaciones

La vivienda debe destinarse a residencia habitual y permanente.

No puede venderse ni alquilarse durante los primeros 7 años.

En caso de hacerlo antes, deberán devolverse los intereses subvencionados y abonarse una penalización.

Pasados 20 años, el Gobierno mantiene un derecho de compra preferente si se desea vender la propiedad.

?? Un paso más para facilitar el acceso a la propiedad

Con este nuevo programa, el Gobierno busca equilibrar el mercado entre el alquiler y la compra, ofreciendo una oportunidad real para que muchas familias andorranas conviertan su esfuerzo mensual en una inversión de futuro.

?? Entrada en vigor: 30 de octubre de 2025
?? Más información: www.inh.ad


29/10/2025